Las partes de ambos lados de un largo debate sobre la controvertida revisión de las regulaciones solares en tejados por parte de la Comisión de Servicios Públicos de California están esperando ansiosamente una decisión del tribunal de apelaciones del estado.
Dependiendo de la conclusión a la que lleguen los jueces, la decisión podría cambiar el monto de la compensación a la que tienen derecho al menos algunos de los jueces. alrededor de 2 millones de californianos con sistemas solares que sus hogares y negocios sostienen cuando sus sistemas generan un exceso de electricidad.
La decisión podría llegar en los próximos meses. Sin embargo, si el tribunal de apelaciones quiere escuchar argumentos orales, el fallo se emitirá más adelante este año.
“Todavía hay muchas cosas pendientes”, dijo Roger Lin, abogado principal del Centro para la Diversidad Biológica, uno de los tres grupos ambientalistas que llevaron su caso contra la Comisión de Servicios Públicos (CPUC) a los tribunales.
La decisión podría revocarse, realizarse cambios o simplemente mantener lo que está actualmente en los libros regulatorios.
¿Cómo llegamos aquí?
El caso surge de una decisión que la CPUC tomó hace poco más de tres años con respecto a la tercera versión del programa de tarifas de medición neta de energía de California, conocido coloquialmente como NEM 3.0.
debajo de uno Mecanismo de facturación por medición de energía netaLos clientes con energía solar en el tejado reciben créditos que se aplican a sus facturas de servicios públicos cuando sus sistemas producen un exceso de energía.
En diciembre de 2022, los cinco comisionados de la CPUC votaron por unanimidad para actualizar las regulaciones estatales para instalaciones solares en tejados. lo complicado decisión de 260 páginas Estos incluían incentivos para alentar a los clientes a combinar sus sistemas solares con sistemas de almacenamiento de baterías.
Sin embargo, las nuevas reglas incluyeron una revisión que requiere que a los nuevos clientes de energía solar en tejados ya no se les acredite la tarifa minorista de electricidad si sus sistemas generan un exceso de energía. En cambio, se les paga al “costo real evitado”, que es menor.
Los comisionados de la CPUC dijeron que el marco actualizado, que entró en vigor en abril de 2023, envía “señales de precios más precisas que fomentan la electrificación” en todo el estado.
Pero los opositores dijeron que reducir la tasa de reembolso socava el incentivo para que los clientes potenciales instalen sistemas solares en sus techos porque llevará más tiempo recuperar las decenas de miles de dólares que los clientes suelen gastar en instalar los sistemas.
El Centro para la Diversidad BiológicaEl Grupo de Trabajo Ambiental y con sede en San Diego Fundación Proteger Nuestras Comunidades. presentó una demanda contra las nuevas normas tarifarias.
Aunque inicialmente perdieron en el tribunal de apelaciones, los grupos ambientalistas llevaron su caso a la Corte Suprema de California. Y en agosto de 2025, los siete jueces de la Corte Suprema dijeron que el tribunal de apelaciones le dio demasiado margen de maniobra a la CPUC cuando la comisión adoptó NEM 3.0.
en su decisión de 18 páginasdijo que la Corte Suprema del estado no estaba concluyendo que las nuevas regulaciones solares fueran “correctas o incorrectas”, sólo que el tribunal de apelaciones se equivocó al aplicar un estándar de revisión indebidamente deferente para llegar a esa conclusión.
El Tribunal Supremo devolvió el caso Panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones de San Franciscoy ahí es donde está ahora.
Tanto la CPUC como los grupos ambientalistas han presentado varios escritos ante el tribunal de apelaciones. Esto también se aplica a las tres principales empresas de servicios públicos propiedad de inversionistas del estado: Pacific Gas & Electric, San Diego Gas & Electric y Southern California Edison, que figuran como partes interesadas en el sitio web de la CPUC.
¿Cuándo llegará una decisión?
Después de recibir argumentos y respuestas de ambas partes antes del 12 de enero, el tribunal de apelaciones puede tomar una decisión dentro de 90 días, lo que significa que un fallo podría llegar en cualquier momento entre ahora y mediados de abril.
Sin embargo, los grupos ambientalistas presentaron documentos la semana pasada solicitando al panel que celebrara argumentos orales antes de tomar una decisión.
“Este es un caso complejo”, dijo Lin. “Hay cuestiones de interpretación legal que deben discutirse y creemos que sería útil que el tribunal escuche los argumentos orales”.
Si los jueces acceden a escuchar los argumentos orales, el plazo de 90 días se reiniciará, lo que podría retrasar la decisión final hasta octubre.
Los argumentos de los partidos contrarios.
Los grupos ecologistas apuntan al final de 2013 Proyecto de Ley 327 de la Legislatura del Estado, que contiene una disposición ordenando que cualquier tarifa NEM adoptada por la CPUC “garantice que la generación de energía renovable distribuida basada en el cliente continúe creciendo de manera sostenible en todo California”. Esta disposición es también una Estatutos de la Ley de Servicios Públicos.
Los peticionarios afirman que NEM 3.0 viola la ley y la intención del legislador.
También dicen que no va lo suficientemente lejos como para abordar la directiva AB 327 de que los planes solares incluyen “alternativas específicas diseñadas para el crecimiento de clientes residenciales en comunidades desfavorecidas”.
“Es un principio de larga data en la ley que los tribunales tienen la última palabra sobre lo que significa una ley”, dijo Lin, del Centro para la Diversidad Biológica. “Y este caso significa garantizar que eso siga sucediendo con esta comisión, que desafortunadamente ha demostrado ser una agencia fuera de control últimamente, particularmente para las empresas de servicios públicos cuando se trata de oportunidades de generación local, como la energía solar en los tejados”.
Los abogados de la CPUC responden diciendo que la ley del Código de Servicios Públicos requiere que la comisión sopese los pros y los contras de cualquier nueva regla.
“La comisión hizo exactamente eso” cuando aprobó NEM 3.0, dijeron en su informe el fiscal general de California, Rob Bonta, y la fiscal general adjunta, Mica Moore. respuesta complementaria al tribunal de apelación. “Llevó a cabo un análisis de costo-beneficio para la tarifa sucesora y utilizó los resultados para diseñar la tarifa”.
El escrito continúa diciendo que la CPUC estructuró la tarifa “para que los clientes que instalan sistemas solares en los tejados tengan la oportunidad de pagar los costos iniciales de la instalación en aproximadamente nueve años”. A pesar de la decisión anterior de la Corte Suprema del estado, “la Comisión tiene derecho a una deferencia sustancial” y las “cuestiones limitadas ante el (Panel de Apelaciones) no proporcionan una base para revocar” la decisión de NEM 3.0.
Uno de los principales factores que impulsan la tarifa NEM 3.0 es el debate sobre el “desplazamiento de costos”.
Las empresas de servicios públicos propiedad de inversores han argumentado durante mucho tiempo que el creciente número de instalaciones solares en tejados está provocando que los clientes no solares paguen una parte injusta de los costos fijos asociados con el mantenimiento del sistema eléctrico: subestaciones, transformadores, postes y cables, etc.
En el período previo a la decisión NEM 3.0, el Consejo de Defensa de los Recursos Naturalesun grupo ambientalista y algunos grupos de consumidores, incluido el Oficina de Defensores Públicos de Californiael brazo independiente de la CPUC, dijo que es necesario abordar el problema de la transferencia de costos.
“El cambio de costos había aumentado a $3.4 mil millones por año” cuando la CPUC inició los procedimientos que resultaron en el arancel NEM 3.0, afirman brevemente Bonta y Moore.
Otros cuestionan el argumento del cambio de costos, diciendo que no tiene en cuenta adecuadamente los beneficios de la energía solar en los tejados, como la reducción de la necesidad de que las empresas de servicios públicos gasten a los contribuyentes en la construcción de más infraestructura.
En su carta de respuestaLos abogados de los tres grupos ambientalistas calificaron el cambio de costos como “una falsa distracción” que ignora “los verdaderos factores de costo” de las facturas eléctricas más altas: “que las empresas de servicios públicos tienen incentivos inherentes para aumentar sus ganancias” invirtiendo en capital y proyectos de transmisión.
¿A quién afectan las normas actualmente vigentes?
Tal como están escritas actualmente, las reglas de NEM 3.0 solo se aplican a los clientes cuyos sistemas se instalaron en abril de 2023 o después.
Los clientes de energía solar cuyos sistemas se instalaron según opciones tarifarias anteriores seguirán recibiendo la remuneración a la tarifa minorista durante 20 años desde el momento en que sus sistemas se pusieron en servicio antes de que las nuevas reglas les afecten.
Por ejemplo, un cliente que instaló un sistema en 2018 recibirá crédito a la tarifa minorista hasta 2038. Sin embargo, el cliente luego recibirá el crédito a la tarifa más baja NEM 3.0.
















